En éste artículo te enseñaré la forma correcta para que la adquieras y cual es la legislación competente, además conocerás como funciona un fideicomiso y las partes que lo conforman.
La ley en donde se incluye la adquisición de Bienes Inmuebles por extranjeros, personas físicas o morales, es la Ley de Inversión Extranjera y la forma en la que se podrá adquirir un bien inmueble dependerá principalmente de la ubicación en la que se encuentre dentro del territorio nacional, concretamente si éste está dentro o fuera de la zona restringida.
La zona Restringida se define como la franja del territorio nacional de cien kilometros a lo largo de las fronteras y de cincuenta a lo largo de las playas.
Comprar una Casa puede llevarse a cabo de diferentes maneras, puede ser de forma directa o mediante la figura del fideicomiso, cuando la casa a comprar está fuera de la zona restringida, el extranjero puede adquirir el dominio en forma directa o bien derechos de uso y goce de bienes inmuebles, ya que se faculta al estado para que discrecionalmente conceda derechos a los extranjeros si convienen ante la Secretaria de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto de dicho bien y no invocar la protección de su gobierno.
Tratandose de casas ubicadas dentro de la zona restringida, el artículo 27 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los extranjeros, personas físicas o morales, no pueden por ningún motivo adquirir el dominio directo de los mismos. Sin embargo la Ley de Inversión Extranjera permite a dichos extranjeros que vayan a destinar el inmueble para fines residenciales, adquirir mediante un fideicomiso el uso y aprovechamiento sobre inmuebles ubicados en dicha zona sin constituir derechos reales. Lo que es lo mismo a que no podrán adquirir directamente el dominio de dicho bien y el cual radicará sobre una institución fiduciaria, para lo cual requeriras el permiso de la Secretaria de Relaciones Exteriores.
Dada la importancia de la figura del Fideicomiso en este tema, quiero ampliarte mayor información al respecto con el objeto de que te quede más claro el funcionamiento de ésto.
1) Fideicomitente: Es la persona física o moral que mediante una manifestación expresa de su voluntad y teniendo la capacidad legal para ello, afecta la titularidad de ciertos bienes y constituye el fideicomiso destinando los bienes y derechos necesarios para el cumplimiento de sus fines transmitiendo la titularidad al fiduciario.
2) Fiduciario: Es la institución autoizada para ser fiduciaria, para lo cual en México solamente ciertas instituciones pueden tener este caracter, tales como instituciones de crédito, casas de bolsa, instituciones de seguros e instituciones de fianzas.
3) Fideicomisario: Es la persona que recibe el beneficio del fideicomiso.
Fuente: compracasacomoexperto.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario