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22 noviembre, 2010

Qué es la propiedad en condominio

Se considera régimen de propiedad en condominio, aquel en el que los departamentos, casas, locales o naves que se construyan o constituyan en un inmueble en forma horizontal, vertical o mixta, sean susceptibles de aprovechamiento independiente por pertenecer a distintos propietarios y que, además, tengan salida propia a un elemento común sobre el cual tengan derecho exclusivo de propiedad, o frente a una vía pública.
Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por las disposiciones de la respectiva ley, las del Código Civil para el Distrito Federal, así como por la escritura constitutiva del régimen, el contrato de traslación de dominio y por el reglamento del condominio de que se trate.
Para la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio es necesario presentar ante la Procuraduría Social las licencias relativas al desarrollo urbano, además de mencionar la ubicación y dimensiones del mismo, así como una descripción de los departamentos y señalar el porcentaje que representa cada uno con relación a todo el desarrollo.
También se anexarán las obligaciones que tendrán los condóminos a fin de garantizar las cuotas del fondo de mantenimiento del inmueble. Este régimen puede extinguirse por acuerdo de los propios condóminos, mismo que debe constar en escritura pública e inscribirse en Procuraduría Social.
Marco jurídico que norma la propiedad en condominioReglamento Interno del Condominio
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
Código Civil
Procuraduría Social
Aspectos importantes que deben aplicarse en todo condominioComprobación del régimen condominal
Reglamento interno adecuado a la ley actual
Buena administración
Correcta asesoría legal
Qué debe considerarse para una adecuada administración condominalAplicación del Reglamento Interno
Profundo conocimiento de la Ley de Propiedad en Condominio
Contar con Asesoría Jurídica Especializada en la materia
Información a comités de vigilancia de estados financieros mensual y anual
Estados de cobranza por condóminos
Conciliación bancaria
Correcta elaboración de presupuestos de egresos
Problemática común en inmuebles condominalesDeficiente nombramiento de Comité de Vigilancia y Administradores no legitimados legalmente
Falta de pago puntual y oportuno de cuotas de mantenimiento
Condóminos que se abstienen de pagar las cuotas de mantenimiento tanto mensuales como extraordinarias
Administración Condominal en manos de inexpertos
Difícil recuperación de adeudos acumulados
Actitud negativa de condóminos
Contingencias laborales con el personal del condominio
Inquietudes más comunes que el condómino plantea al administrador¿Existen problemas por el pago impuntual de cuotas de mantenimiento?
¿Existen condóminos morosos o que simplemente no pagan sus cuotas de mantenimiento?
¿Está en manos de profesionales la administración de mi condominio?
¿Existen recursos legales efectivos para corregir estas anomalías?
¿Son recuperables las cuotas de mantenimiento atrasadas no cubiertas por condóminos morosos?
¿Se puede garantizar la recuperación de las cuotas, mediante embargo de la unidad condominal en un procedimiento inmediato?
Cómo recuperar cuotas de mantenimiento atrasadasTeniendo actualizado y al día el libro de actas de asambleas condominales
Mediante la aplicación de recursos legales efectivos que corrigen estas anomalías
Al través de la correcta aplicación de la legislación vigente, la cual prevé el embargo de la propiedad condominal del condómino moroso
Cómo evitar el incumplimiento de las obligaciones condominalesContando con asesoría profesional especializada
Tomando acciones inmediatas con apego a la legislación que norma la Propiedad en Condominio
Nombrando un Comité de Vigilancia legalmente reconocido
Implementando acciones en contra de condóminos morosos contempladas en la Ley.
Nombrando un Administrador que cuente con las facultades para el buen desempeño de su cargo, quien en uso de sus facultades podrá actuar legalmente
Convocando a Asambleas Condominales, observando las formalidades que exige la Ley
Llevando una adecuada contabilidad y registro de ingresos
Por qué es necesario contar con asesoría legalEl administrador requiere de apoyos jurídicos adicionales
Las disposiciones legales de observancia obligatoria deben de ser adecuadamente interpretadas por un experto jurídico para su correcta aplicación
Requiere preparar documentación que respalde los diversos actos del condominio cuyas implicaciones legales deben ser consideradas y estudiadas por un experto
Algunos acuerdos de Asamblea deberán protocolizarse ante Notario Público dada su importancia y trascendencia
El cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de Asamblea, deberán de llevarse al cabo cabal y puntualmente.
Deberán de acatarse las disposiciones legales y de Asamblea que son de observancia obligatoria para todos los condóminos, ausentes o disidentes.
Información periódica que debe darse a conocer a los condóminosEstados de cuenta mensuales que especifiquen los ingresos por concepto de cuotas y su aplicación detallada
Conocer el monto a que asciende el Fondo de Reserva que señala la Ley para enfrentar contingencias Condominales
Elaboración de presupuestos anuales de Ingresos y Egresos
Documentación legal mínima con la que deben contar los condóminosReglamento Interno
Libro de Actas debidamente registrado ante las autoridades competentes. Este es un elemento sumamente delicado
Actas de Asamblea protocolizadas ante Notario Público
Consecutivo de circulares donde se comunique a todos los habitantes del condominio los acuerdos de asamblea y su oportuno cumplimiento
AdministradorPara que una persona física desempeñe el cargo de administrador deberá tener cubiertas todas sus cuotas y acreditar que tiene experiencia en administración de condominios. En caso de que la función de administrador la desempeñe una persona moral sólo deberá cubrir el segundo requisito.
Una vez que haya sido designado el cargo de administrador este tendrá una vigencia de un año y podrá ser reelegido por un período consecutivo más, pudiendo ser electo en otros períodos no consecutivos.

tomado de metroscubicos.com

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